La Dirección General de Salud Pública de la Comunidad de Madrid ha decidido archivar la denuncia presentada por el Gobierno municipal contra el concejal popular Eduardo de Santiago por, presuntamente, haberse saltado el protocolo Covid al acudir a la sesión plenaria del mes de febrero después de haber estado en contacto directo con un caso positivo.

La Junta de Gobierno Local formuló denuncia el pasado 3 de marzo ante la Consejería de Sanidad contra De Santiago y contra las concejalas populares Mirina Cortés y Mercedes Parrilla por “posible incumpliendo de la Orden 668/2020, de 19 de junio, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19”.

Según constaba en dicha denuncia, los citados “pudieron incumplir la indicación de aislamiento o cuarentena” por la asistencia al pleno del día 25 de febrero de Eduardo de Santiago “cuando supuestamente era caso confirmado de Covid-19” y por la participación en actividades públicas por parte de Cortés y Parrilla en días posteriores, cuando pudieran ser consideradas contacto estrecho” del primero.

Así, la resolución de la Dirección General de Salud Pública determina, tras consultar los sistemas informáticos sanitarios de vigilancia epidemiológica de la Comunidad de Madrid, que Eduardo de Santiago fue diagnosticado como caso confirmado de Covid mediante test rápido positivo del día 26 y por PCR positiva el 9 de marzo. En los registros no consta ninguna alerta de a nombre de Mirina Cortés o de Mercedes Parrilla ni como caso ni como contacto estrecho de caso confirmado.

“En consecuencia, el día 25 de febrero en que se celebró el Pleno del Ayuntamiento, Eduardo de Santiago no tenía indicación de aislamiento ya que no resultó caso confirmado por infección activa hasta el día 26 de febrero, encontrándose asintomático, por lo que la asistencia a su actividad profesional no constituye infracción, ni tampoco se ha constatado incumplimiento del deber de aislamiento una vez tuvo conocimiento de ser caso positivo de coronavirus”, subraya la resolución.

Asimismo, Mirina Cortés Y Mercedes Parrilla “no han sido consideradas contacto estrecho, por lo que su participación en actividades públicas los días posteriores no constituye incumplimiento de cuarentena”.

“Por todo ello, de las actuaciones y averiguaciones llevadas a cabo en el trámite de información previa en relación a los hechos denunciados no se ha constatado la existencia de infracción en materia sanitaria, por lo que no procede el inicio de expediente sancionador”, concluye.